29 ene 2013

Propuesta del PRI, retroceso en Derechos Humanos

CONTEXTO
Interrupción Legal del Embarazo en México
   Falso debate sobre primacía de Constitución o pactos globales

Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.- 

La reforma constitucional en materia de Derechos Humanos (DH) de 2011 fue un hecho paradigmático para México porque cimentó una cultura en este tema, sin embargo una contrarreforma echaría para atrás ese logro, alerta la experta en argumentación jurídica y género Ydalia Pérez Fernández Ceja.

“Antes de la reforma teníamos una escasa cultura de la trascendencia de los Derechos Humanos, todavía el artículo primero constitucional hablaba de garantías individuales, había una confusión en cuanto a qué lugar tenían los tratados internacionales de DH”, explica la experta.

De acuerdo con la jurista, el problema era que faltaba una cultura obligada, es decir, el respeto de los DH se convirtió en un deber constitucional porque a partir de la reforma de junio de 2011 existe la obligación expresa de que todas las autoridades del Estado mexicano actúen conforme a esas reglas.

Sin embargo para Ydalia Pérez esta característica ya existía porque los DH son universales, interdependientes y progresivos, no interesa si están o no reconocidos expresamente en la Constitución mexicana.

Es de destacar que ante esta iniciativa de contrarreforma, presentada el pasado 3 de enero por el diputado del PRI Francisco Arroyo Vieyra, decenas de organizaciones civiles, académicos y activistas se han pronunciado para señalar el retroceso que implicaría aprobarla en el Congreso.

La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, y la Red de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, han señalado que es una reforma innecesaria para el país y para la agenda de DH.

Dicha iniciativa pretende modificar el artículo primero de la Carta Magna para otorgarle supremacía a la Constitución por sobre los tratados internacionales en caso de “contradicción”, a fin de  garantizar la seguridad jurídica, y evitar el riesgo de “interpretaciones no armonizadas y sin una orientación adecuada para la generación de precedentes”, se asienta en el proyecto.

Sin embargo, las organizaciones señalan que la premisa es falsa porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya estableció que los jueces podrán aplicar normas tanto nacionales como internacionales, prefiriendo la que procure una protección más amplia del derecho que se pretende proteger.

Además señalan que la ponderación de normas tendrá que valorarse caso por caso a fin de garantizar siempre la mayor protección de los DH, lo que no implica una contradicción entre normas, por ello exigen que se deseche esta iniciativa.

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