22 ago 2011

La queja la presentó el SAT ante el Consejo de la Judicatura, según fuentes del Poder Judicial



Acusan a dos jueces de presionar a aduanas para permitir importación de vehículos usados

Dos empresas ganaron amparos contra decreto federal de 2008 que fijó condiciones para esas operaciones

Alfredo Méndez
Periódico La Jornada
Lunes 22 de agosto de 2011, p. 19

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) recibió una queja contra dos magistrados federales a los que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) acusa de haber presionado a las aduanas para que permitan la importación indiscriminada de vehículos usados desde Estados Unidos, revelaron fuentes del Poder Judicial Federal (PJF).

La queja administrativa fue presentada el pasado 26 de julio ante el CJF. El órgano tributario sostuvo que los magistrados Benjamín Castro Hernández y José Encarnación Aguilar Moya, titulares del primer y cuarto tribunales colegiados del décimo quinto circuito, han realizado actuaciones judiciales para presionar a los responsables de seis aduanas.

Según las fuentes judiciales consultadas, el SAT informó al Consejo de la Judicatura que entre el 5 y el 13 de julio ambos magistrados giraron cinco oficios a los administradores de seis aduanas fronterizas, ordenándoles que permitieran la importación de vehículos usados a dos empresas que ganaron amparos contra el decreto presidencial emitido en 2008 que fijó condiciones para estas operaciones.

Las empresas beneficiadas con la protección de la justicia federal son: Estructura Automotriz, que en 2010, debido al amparo, importó al menos cien mil vehículos sin sujetarse a las condiciones del decreto, así como una compañía encabezada por Francisco Zazueta Félix, lotero de autos que el mismo año introdujo a territorio mexicano por lo menos 20 mil unidades.

Según la queja del SAT, la actuación de los magistrados es ilegal, debido a que no les corresponde supervisar el cumplimiento de las sentencias de amparo. Dicha función recae en los jueces de distrito, quienes en caso de renuencia de las autoridades deben abrir un incidente de inejecución que sólo en etapas posteriores llega a conocimiento de un tribunal colegiado.

También señaló que los amparos sólo protegían a las empresas contra el decreto de 2008, pero que el Ejecutivo publicó un nuevo decreto el primero de julio de 2011, el cual contiene otras condiciones para la importación de vehículos, y es una norma distinta, contra la cual se tendrían que promover nuevas demandas.

Los acuerdos dictados por ambos magistrados tienen la misma redacción, y en ellos se afirma que los amparos protegen a las empresas contra cualquier regla expedida por el Ejecutivo en esta materia, mientras no se modifique el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

El principal beneficio que los amparos otorgan a los importadores es que están exentos de un arancel de 10 por ciento previsto en el decreto de 2008, amén de que no se les puede exigir ningún requisito en materia ambiental o de certificación de origen adicional a los previstos en el Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá.

La queja administrativa está en manos del CJF, cuya decisión, en caso de ser favorable al SAT, puede ir desde una amonestación hasta la destitución de los magistrados.

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