4 jun 2009

Entregan a CoIDH últimos documentos de Campo Algodonero

OCNF y OMCT esperan condena al Estado mexicano

Por Nancy Betán Santana

México DF, 3 junio 09 (CIMAC).- El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) y la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT) entregaron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), máximo órgano de justicia en la región, los últimos documentos donde expresan su postura en torno al asesinato de tres mujeres en Campo Algodonero, primer caso de feminicidio por el cual el Estado mexicano está siendo juzgado por esa instancia, que emitirá una pre-sentencia en agosto próximo.

Dicha documentación contribuirá con información para que la Corte decida si el Estado mexicano es o no responsable por la violación y asesinato de Esmeralda Herrera Monreal, Claudia Ivette González y Laura Berenice Ramos Monárrez, cuyos cuerpos fueron encontrados en 2001 en el predio conocido como Campo Algodonero de Ciudad Juárez, Chihuahua.

Al cuerpo de documentos entregado se le denomina Amicus curiae (amigo de la corte o del tribunal) y contiene las opiniones y recomendaciones que realizan terceras personas ante un litigio. Habitualmente se presentan en juicios donde se pone en juego uno o varios derechos fundamental es de las víctimas, principalmente sus derechos humanos.

VIOLENCIA E IMPUNIDAD INSTITUCIONAL

Es común que quienes entreguen el Amicus curiae sean organizaciones civiles importantes, como en este caso donde la OCNF y la OMCT se han unido a las madres de las víctimas para lograr justicia, y los documentos pueden no tener carácter legal, con el fin de que ofrezcan un panorama histórico, económico o sociológico más amplio del caso.

En su Amicus curiae, el OCNF relata el contexto de violencia e impunidad imperante en Ciudad Juárez, Chihuahua, que originó la creación de dicho organismo, como respuesta a la insuficiente atención de las instancias gubernamentales ante esta situación.

Además, indica la irresponsabilidad de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Contra la Mujer de Chihuahua, la cual, de acuerdo a sus observaciones, ha omitido en los casos de feminicidio su deber legal de ofrecer alternativas para una correcta integración de las averiguaciones previas y, por ende, una apropiada investigación.

Asimismo, el Observatorio explica que hay una fuerte intención política de la Fiscalía por minimizar la problemática del feminicidio, pues hace uso de su facultad discrecional para determinar que no existe tal fenómeno en el estado, ocultándolo con términos penales poco o nada relacionados con la violencia sistemática que conforma el feminicidio.

A esto se agrega, manifiesta el OCNF, el no acceso de la ciudadanía a la información generada por las investigaciones de los casos, por lo que es imposible cotejar las fuentes y la consistencia en los datos manejados por la Fiscalía.

El Observatorio brinda como ejemplo de esto los informes emitidos por la Fiscalía hace cuatro años, los cuales dieron por concluidas las investigaciones en torno a los feminicidios de 1993 a 2005, aun con todas las inconsistencias registradas durante esos 12 años.

Con esos argumentos, subraya el OCNF, el Estado mexicano informó a los organismos internacionales que atrajo al fuero federal 24 casos contenidos en 14 averiguaciones previas, esto es, que el Ejecutivo Federal realizaría investigaciones ministeriales sobre dichos casos, entre los cuales se hallaba el de “Campo Algodonero”.

Sin embargo, el 30 de junio de 2006 dichos expedientes fueron regresados a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chihuahua sin explicación pública ni resultados en la indagatoria de la Procuraduría General de la República (PGR). Es decir, concluye el Observatorio, no hay un solo caso de feminicidio que esté siendo investigado por el fuero federal actualmente.

ESTADO NO GARANTIZA DERECHOS

Por su parte, la OMCT en conjunto con la organización civil Track Impunity Always, asentó en su Amicus curiae, entregado el domingo pasado, la importancia del derecho a la integridad personal y a la protección de la honra y la dignidad, derechos que, acentúa firmemente, no fueron garantizados por el Estado mexicano en el caso de las víctimas de Campo Algodonero.

La OMCT subraya la presencia del derecho a la integridad personal en varios instrumentos nacionales e internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y reconoce que las mujeres son la población más propensa a ser violentadas en este derecho, por el simple hecho de tener sexo femenino.

A este respecto, expresa que los Estados tienen la obligación de prestar especial atención a esta problemática y de tomar medidas efectivas para erradicarla por medio de la prevención, la investigación y el castigo. Campos en los que México seguirá presentando irregularidades de no implementar políticas públicas contundentes para erradicar la violencia contra la mujer.

La Organización acota además que la violación sexual ejercida contra una mujer (reconocida por el derecho internacional como un acto de tortura) y otras agresiones sexuales graves, como las sufridas por la mayoría de las víctimas de feminicidio en Ciudad Juárez, constituyen un comportamiento prohibido por la Corte.

Debido a esto, México tiene que ser castigado por ser el principal responsable de las violaciones y asesinatos de Esmeralda, Claudia Ivette y Laura Berenice.

Finalmente, dice la OMCT, la Corte debe tomar en cuenta, como siempre lo ha hecho, que las víctimas del caso Campo Algodonero son todas mujeres y, de acuerdo a su perspectiva sensible al género femenino, la indemnización de los daños debe ser suficiente, o incluso mayor, por el daño inmaterial ocasionado a las familias de las tres jóvenes.

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